IMPLEMENTACIÓN SISTEMA DE GESTIÓN DE RIESGOS LABORALES
Los Acuerdos Ministeriales (AMT) 0135-2017 y su reforma el Acuerdo Ministerial AMT 001-2020, del Ministerio del Trabajo, establecen los requisitos técnico legales que en materia de seguridad y salud ocupacional (SSO) deben las empresas desarrollar, implantar, gestionar, mantener y reportar al Ministerio del Trabajo (MDT), por medio de la plataforma del Sistema único del Trabajo (SUT) y con babe al número de trabajadores y actividad económica.
Esta gestión como evidencia de cumplimiento de las leyes y normas referentes y de los mecanismos de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que la empresa ejecuta para evitar pérdidas humanas y sanciones económicas tales como: multas, indemnizaciones y responsabilidad patronal, para garantizar el adecuado cumplimiento de estos requisitos legales ponemos a su consideración el siguiente paquete de gestión de seguridad y salud ocupacional para su empresa:
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Gestión de seguridad y salud ocupacional con base al número de trabajadores (AMT 0135 y AMT 001), y;
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Gestión de vigilancia de la salud ocupacional (AMT 0135 y AMT 1404).